Descripción
El mismo permitirá, a las personas físicas, sucesiones indivisas o
responsables por deuda ajena, cumplir con su obligación de presentación
de declaración jurada de cada uno de los impuestos. Dichas declaraciones
juradas contendrán: datos identificatorios, materia imponible,
determinación del impuesto y saldo a ingresar. Estas declaraciones
juradas deberán ser presentadas hasta la fecha de vencimiento, según el
tipo de contribuyente, por transferencia electrónica de datos mediante
clave fiscal reglamentada por la RG 1345 sus modificatorias y
complementarias. Versión 15.0 aprobada por la Resolución General N°
3610/2014.
Novedades:
Las modificaciones introducidas en esta nueva versión del programa
aplicativo unificado contienen, entre otras, las siguientes novedades:
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
1. Pantalla “Datos descriptivos de la declaración jurada”: se
incorporan, para aquellas rentas de cuarta categoría alcanzadas por el
beneficio previsto en el Decreto Nº 1.242/13, marcas que permiten
realizar el encuadre a efectos de que se compute el monto
correspondiente en concepto de deducciones personales del Artículo 23.
2. Con relación a las “Participaciones en empresas”, que generan rentas
de fuente argentina o de fuente extranjera, así como en la declaración
de deudas en el exterior, se incorporan campos a los efectos de
consignar, respecto de los sujetos del exterior, la residencia, el
domicilio en el exterior y la clave de identificación fiscal (NIF).
3. Pantalla “Determinación del impuesto a las Ganancias”:
a) Subpantalla “Deducciones personales computables”: se adecua a los
efectos de permitir incorporar la deducción especial prevista en el
inciso c) del artículo 23 contemplando lo establecido por los Decretos
Nº 1.006/13 y Nº 1.242/13.
b) Subpantalla “Deducciones generales”: se incorpora la posibilidad de
consignar los montos pagados en concepto “Caja Complementaria,
Compensadora y Sindical”.
4. Pantalla “Justificación de las variaciones patrimoniales”:
a) Se incorpora la posibilidad de consignar los montos correspondientes
a pagos únicos y definitivos, por retenciones sufridas en los casos de
ingresos de Dividendos o Utilidades en Dinero, conforme lo establecido
por la Ley Nº 26.893.
b) Se trasladan las amortizaciones del ejercicio en forma automática en
la “Justificación de las Variaciones Patrimoniales” y se posibilita
editar “Otros Conceptos que Justifican Erogaciones o Aumentos
Patrimoniales”, para aquellos casos distintos a amortización del
ejercicio, correspondiente a Tercera Categoría, por Participación
Societaria.
5. Pantalla “Determinación del saldo del impuesto a las ganancias”:
a) En la determinación del saldo, se incorpora la posibilidad de
detallar la cancelación del saldo de impuesto que surge de la
declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, con Bonos o
Certificados Fiscales.
b) En la subpantalla “Retenciones, percepciones y pagos a cuenta”, se
actualiza la nómina de Regímenes de Percepción y Retención que admiten
su cómputo.
Se incorpora el campo “Pago a cuenta moneda extranjera” a efectos de
contemplar el previsto en la Resolución General Nº 3.550.
6. Se adecua la metodología de apropiación de las deducciones generales
y personales del Artículo 23 de la ley del gravamen, de acuerdo a lo
establecido por el Artículo 81 de la misma y Artículos 31 y 119 del
Decreto Reglamentario Nº 1.344/98.
7. Se contempla el cambio establecido por la Ley Nº 26.893 a la ley del
impuesto:
a) al Artículo 2°: alcanzando los resultados provenientes de operaciones
de compra, venta, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y
participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores, y
b) al Artículo 90: aplicando la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%).
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
1. Pantalla “Bienes situados en el país”:
a) En el rubro “Títulos Públicos y Privados con Cotización”, se habilita
la posibilidad de seleccionar de la Tabla anual de Títulos Públicos y
Privados la opción correspondiente, de manera que se efectúen los
cálculos automáticamente.
b) Se incorpora una marca de exteriorización voluntaria por la Ley Nº
26.860, en los rubros “Dinero en Efectivo” y “Depósitos en Dinero”.
c) Se agregan en el rubro “Depósito en Dinero”, los campos: “Cantidad
Nominal de Moneda”, “Unidad Monetaria”, “Cotización al 31/12” y “Unidad
de Cotización”.
2. Pantalla “Bienes situados en el exterior”: Se incorpora una marca de
exteriorización voluntaria por la Ley Nº 26.860, en el rubro “Depósitos
en Dinero en el Exterior”.
3. Pantalla “Determinación del impuesto sobre los bienes personales”,
subpantalla “Determinación saldo del impuesto - Percepciones impuesto
sobre los bienes personales”: se actualiza la nómina de Regímenes de
Percepción que admiten su cómputo.
Se incorpora el campo “Pago a cuenta moneda extranjera” a efectos de
contemplar el previsto en la Resolución General Nº 3.550.
4. En la subpantalla “Créditos” se incorporan campos a los efectos de
consignar, respecto de los sujetos del exterior, la residencia, el
domicilio en el exterior y la clave de identificación fiscal (NIF).
Requerimientos de “hardware” y “software”
1. PC con sistema operativo Windows 98 o superior.
2. Memoria RAM: la recomendada por el sistema operativo.
3. Disco rígido con un mínimo de 100 MB disponible.
4. Instalación previa del “S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones -
Versión 3.1 Release 5” o superior.
Solución a problemas
Si
Requiere SIAPPara bajar el aplicativo,
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