Descripción
Este programa deberá
ser utilizado por los agentes de retención y/o percepción -y por
aquellos a cuyo cargo se encuentren ingresos excepcionales o especiales,
cuando las normas expresamente lo dispongan-, a efectos de confeccionar
la declaración jurada informativa y determinativa mensual o, en su caso,
semestral, así como para generar volantes de pago y certificados.
Novedades:
De acuerdo a la Resolución General 3450, para el Impuesto sobre
los Bienes Personales (Cód. 219), y para el Impuesto a las
Ganancias (Cód. 217):
• Se limitan los Códigos de Regímenes del 905 al 908
estableciendo su Vigencia Hasta el 17/03/2013 con su descripción
actual.
• 905 Tarjetas de crédito – Operaciones en el exterior – Régimen
Simplificado para pequeños contribuyentes.
• 906 Tarjetas de crédito – Operaciones en el exterior – Demás
contribuyentes.
• 907 Tarjetas de débito – Operaciones en el exterior – Régimen
Simplificado para pequeños contribuyentes.
• 908 Tarjetas de débito – Operaciones en el exterior – Demás
contribuyentes.
• Se reabren los Códigos de Regímenes del 905 al 908
estableciendo una Alícuota del 20% y su Vigencia Desde el
18/03/2013 con nueva descripción.
• 905 Operaciones en el exterior — Régimen Simplificado para
Pequeños Contribuyentes.
• 906 Operaciones en el exterior — Demás contribuyentes.
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