Publicado el 12/04/11

Compensaciones y Volantes de Pagos
Versión 1.0 Release 8

Atento a la vigencia de RG 2406 los contribuyentes y/o responsables incluidos en la Cuenta Corriente Tributaria podrán seguir efectuando las compensaciones hasta el 30 de noviembre de 2008, inclusive, mediante la presentación del formulario de declaración jurada N° 798 (Solicitud de Compensación - Imputación de Crédito), aunque se encuentre habilitada la respectiva transacción. El presente release permite la confección de solicitudes de compensación afectando un saldo de libre disponibilidad a períodos posteriores del mismo impuesto acorde lo establecido en la resolución general mencionada en el párrafo anterior.

Novedades:
Se da de baja la siguiente relación ICS para ser compensada:
Código Impuesto Origen: 181
Código Concepto Origen: 981 
Código Subconcepto Origen: 981
Código Impuesto Destino: 351
Código Concepto Destino: 19 
Código Subconcepto Destino: 19


Requiere SIAP

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