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El Proceso de Titulación (1)
1a. Parte

Autor: Dr. Horacio C. Mackeprang

CONCEPTO

La "titulización" o "securitización" es un procedimiento por el cual determinados activos ilíquidos (reales o financieros) son transformados en activos líquidos para su negociación en el mercado de capitales. Consiste en agrupar determinados activos o derechos de cobro según ciertas condiciones de homogeneidad (por ej.: campos, ganado, sembradíos, derechos de cobro, flujos de fondos futuros, etc.); estos se transfieren a un patrimonio separado, formando un "paquete", a través del cual se consiguen fondos del mercado mediante la emisión de títulos valores que se colocan entre los inversores y dan derecho de participación sobre esos activos, o cuyo pago está respaldado por los mismos .

Desde un punto de vista económico, la titulización provoca dos efectos deseados:

Acelera el flujo de distintos negocios, obteniendo recursos líquidos y derivando a terceros el riesgo implícito en los activos ilíquidos; es decir que, acelera positivamente la rotación de la inversión facilitando la obtención de un adecuado y programado fondeo.
Permite la incorporación al mercado de capitales de inversiones e inversores que de otra forma no podrían hacerlo.

En este proceso es clave el due diligence, especie de auditoria intensiva que permite la revisión completa de los agentes que intervienen en la operación y de los documentos que se incorporan al negocio . Otro aspecto importante es la recopilación de información histórica (Track record) y el seguimiento luego de la emisión, ya que de ellos se basará la calificación de riesgo obtenida.

''Securitizar" una obligación es representarla con un título. No toda técnica de financiamiento mediante títulos valores conlleva la característica de transformar activos inmovilizados en activos líquidos; tal es el caso, por ejemplo, de las obligaciones negociables (con garantías sobre el total del patrimonio de la empresa), ya que en ellas, aún cuando el objetivo perseguido es la obtención de recursos, la garantía de repago está localizada en la solvencia económica del emisor y no en el activo que ha de servir de respaldo a la emisión, objetivo básico de la securitización.

El proceso de titulización es de tal importancia en el desarrollo del mercado de créditos que obliga a repensar el rol de la banca en el mercado, y la necesidad de su adaptación a las nuevas funciones que el proceso de securitización impone . El banco media pero no asume el riesgo crediticio de las operaciones, que corresponde al tenedor final del título, salvo el caso que la entidad financiera permaneciera como garante del crédito .

La securitización pone en contacto directo a los inversores con los tomadores de dinero. El banco hace de mediador pero no asume el riesgo crediticio ya que la contingencia queda en cabeza del tenedor final del título. Mediante este proceso, se suprime el margen por intermediación, eliminando los spreads bancarios y financieros, y acercando la tasa activa a la pasiva, en tanto el costo del banco se determina como un porcentaje fijo por la administración de los fondos fiduciarios. Este accionar debería conducir a la reducción del costo de financiamiento para créditos futuros. De esta manera, el negocio bancario se acercaría más a una actividad de prestación de servicios, siendo las comisiones, en lugar del spread, la principal fuente de ingresos de las entidades financieras .

El fenómeno de la globalización a escala mundial ha creado el escenario propicio para el desarrollo de la securitización, al incorporar nuevos instrumentos en las economías de cada país.

En el contexto actual, falta total de financiamiento, este mecanismo financiero, podría ser el instrumento que posibilite el acceso al crédito a los sectores productivos; derivando fondos “acorralados” o en poder de ahorristas a inversiones productivas.

En los próximos números de Universo Económico trataremos los siguientes temas:

Sujetos intervinientes en el Proceso de Titulización.
Instrumentos orientados al Proceso de Titulización.
Obligaciones Negociables.
Fondos de Inversión Directa.
Fideicomisos Financieros.
Fondos Comunes de Inversión.

SUJETOS INTERVINIENTES

En el proceso de securitización se destaca la presencia de ciertos sujetos, sin cuya intervención no se daría la estructura de este instrumento financiero:

Originante

El interés del originante en lanzarse a un proceso de securitización puede estar dado por la circunstancia de no contar con la posibilidad de obtener créditos por las vías convencionales, o por carecer de la capacidad necesaria para concurrir a la oferta pública a través de la emisión de sus propios títulos.

Los activos transmitidos que respaldan la emisión serán aquellos créditos susceptibles de ser cedidos fácilmente y oponibles inmediatamente frente a terceros, homogéneos entre sí y de un volumen significativo que justifique la securitización.

Las características básicas son:

Tiene activos ilíquidos inmovilizados. Ej. Productor luego de la siembra de cereales y/o oleaginosas, banco con cartera hipotecaria a largo plazo, etc.
Liquida su acreencia.
Obtiene liquidez.

Vehículo

El objetivo al cual apunta esta figura es la de mantener aislados a los activos que han de garantizar la emisión de los títulos. Para ello el originador le transmite los activos a securitizar y son incorporados a un patrimonio independiente del suyo propio, quedando así, protegidos de los riesgos emergentes de la gestión empresaria de aquél. El vehículo, luego de recibir los activos, emite los títulos valores garantizados por los mismos.

El vehículo puede delegar la administración en una sociedad especializada en el rubro específico al cual pertenezcan los activos involucrados.
Obtiene comisiones por la tarea de colocación de los títulos de deuda o certificados de participación y por la administración de los activos, en forma directa o indirecta, a través de una sociedad de gestión.
La sociedad de gestión, obtiene honorarios por la tarea de administración.

Patrimonio de Afectación

Al momento de la liquidación, no obtendrá ni pérdidas ni ganancias. Los resultados positivos se distribuyen entre:

Gastos y Comisiones del vehículo.
Amortización de los títulos de deuda, capital e intereses.
Beneficios de los certificados de participación.

Administrador (Servicer)

Es quien administra los activos. Puede ser el mismo originador o un tercero designado al efecto. Suministra información periódica al vehículo o emisor (issuer) también denominado fiduciario y a los tenedores de los títulos y certificados de participación, acerca de todo aquello que resulte de su interés.

Tomador / Colocador (underwriter)

Es una entidad financiera, banco de inversión o agente bursátil, que a través de un contrato de "underwriter" celebrado con el emisor coloca los títulos valores mediante oferta pública o privada.

En el caso de oferta pública el underwriter suscribe los títulos para revenderlos o bien conservarlos en su cartera, en tanto que mediante oferta privada actúa como intermediario.

La actuación del underwriter presupone de su parte un conocimiento especializado que le permitirá realizar una ingeniería financiera, a partir de un estudio del mercado que favorezca la colocación de los títulos.

Inversor

Tiene la posibilidad de optimizar la relación riesgo-beneficio, ya que puede obtener mayor rentabilidad con menor riesgo de inversión mediante la atomización de los títulos de deuda y la profesionalización en la administración.

Depositario

Puede ser tanto el propio originante, un tercero o directamente el "vehículo, emisor o fiduciario".

Garante

Normalmente son entidades financieras que ofrecen su garantía como respaldo de la emisión de los títulos valores, también pueden utilizarse las Sociedades de Garantía Recíprocas o los Fondos de Garantía (Ej.: FOGABA). Esta garantía constituye un refuerzo adicional a la calidad de los activos titulizados.

Fuente: En base a Dinámica del Mercado de Capitales: Conexión con la Economía Real. Lic. Mónica Erpen.

INSTRUMENTOS ORIENTADOS AL PROCESO DE TITULIZACIÓN

En nuestro país los instrumentos utilizados en el proceso de securitización de activos son: la emisión de ciertas obligaciones negociables (Ley 23.576), los fondos de inversión directa (Ley 24.241), los fondos comunes de inversión (Ley 24.083) y los fideicomisos financieros (Ley 24.441); a los cuales suele agregarse a las sociedades de objeto específico (Ley 19.550). 

Estas últimas, sin embargo, en sí mismas no producen el efecto de separar el activo cedido del suyo propio, debiendo apelar al fideicomiso financiero o a la constitución de fondos comunes de inversión para crear un patrimonio separado que aísle el riesgo crediticio.

La misma podría llevarse a cabo mediante la estructuración de, básicamente, tres modelos:

• Pay-through securities: Los títulos se contabilizan como deuda en los estados contables de la emisora y el flujo de fondos que garantizan las securities es reconfigurado y afectado al pago de los títulos valores.
• Asset-backed securities: Constituyen una deuda para la emisora, quien la registra como tal en sus libros, haciendo lo propio con los activos afectados a la securitización, asemejándola a una financiación normal con garantía real. Esta modalidad se identificaría con las obligaciones negociables con garantía especial, ley 23.576 art. 3º.
Hacia 1995, luego de promulgada la ley 24.441 se presentó un caso atípico respecto de las tres estructuras teóricas básicas conocidas internacionalmente. Ciertas dudas respecto del tratamiento tributario demoraron la implementación del pass-through, haciendo que se optara por una forma intermedia. El mecanismo se diseñó sobre la base de un fideicomiso unilateral (no permitido desde 1998) y dando origen a la obligación negociable fiduciaria. El punto clave de la ingeniería consiste en separar la garantía del título emitido del balance del emisor mediante la implementación de un fideicomiso de garantía. Así, los bienes fideicomitidos quedan protegidos de la potencial quiebra del emisor y de los fiduciarios administradores.
Pass-through securities: Los inversores reciben todos los beneficios y asumen todos los riesgos de los activos integrados. Los títulos emitidos no son contabilizados como deuda en los estados contables de la emisora, los contabiliza el mismo instrumento. Puede sostenerse en dos figuras jurídicas que le dan sustento:
Fondos Comunes Cerrados(FCC): Emiten cuotas partes de renta (instrumentos de deuda) y cuotas partes de condominio (instrumentos de capital).
Fideicomisos Financieros (FF): Emiten títulos de deuda (instrumentos de deuda) y certificados de participación (instrumentos de capital).

Cada una de estas estructuras tiene características que las diferencian; según las necesidades de la empresa será la más adecuada para utilizar.

En los próximos números de Universo Económico trataremos los siguientes temas:

Obligaciones Negociables.
Fondos de Inversión Directa.
Fideicomisos Financieros.
Fondos Comunes de Inversión.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES (LEY 23.576)

Las Obligaciones Negociables (Ons) representan unidades de deuda a mediano o largo plazo contraído por una sociedad para el desarrollo de proyectos específicos u otros fines. El emisor puede ser una empresa privada o una empresa del Estado. La sociedad emisora se obliga a pagar a los obligacionistas (acreedores) un interés estipulado y a cancelar el capital en la forma y plazo acordados.

Objetivo

El objetivo de la emisión de Ons es tomar fondos del mercado a menor costo y a mayores plazos que por el sistema de préstamos general .

Modalidades de Amortización

• Cupón Cero: El bono no tiene cupones. La devolución total del capital se realiza al vencimiento. Por su alta iliquidez usualmente se compran con descuento, es decir que el interés que devengan se cobra por adelantado.
• Bullet: El bono no tiene cupones de amortización de capital, pero sí posee cupones para el pago de intereses, el cual se realiza periódicamente según las condiciones de emisión establecidas.
• Cuotas parciales y periódicas: Pueden ser:
a) A prorrata: El capital se devuelve a todos los inversores en forma fraccionada, de acuerdo a la cantidad de cuotas y porcentajes establecidos, y según la periodicidad fijada en el prospecto de emisión.
b) Por sorteo: En la fecha establecida para el vencimiento de cada cuota se sortea a un porcentaje de inversores que recibe la amortización total del bono. De este modo el título tiene implícitamente un factor aleatorio que podría mejorar la rentabilidad de los beneficiados por los sorteos iniciales.

Tasas de Interés

El interés que pagan las Ons en nuestro país es por lo general "flotante", es decir que depende de una variable exógena (Ej.: LIBOR), ajustando al mercado internacional la renta por intereses.

Las distintas modalidades de tasas de interés son:

• Tasa de descuento: El interés se cobra por adelantado, le corresponden las características del "cupón cero".
• Tasa Variable: Se establece una tasa de referencia flotante o variable a la cual se adiciona un componente fijo o también variable, que surgirá del riesgo adicional implícito en la emisión.
• Tasa Fija: Se establece una tasa nominal anual fija, pagadera según la periodicidad establecida en las cláusulas de emisión.

Plazos de Emisión

Los plazos de emisión fueron variando según la situación del mercado, vemos que en 1990 como máximo se emitían a 48 meses y como mínimo a 31 meses. En la actualidad, la brecha se fue ampliando, hoy tenemos obligaciones con vencimientos a solo tres meses, como mínimo y, a 144 meses como plazo máximo. 

En término porcentuales, vemos que la tendencia se fue revirtiendo; en 1992 el 84% de las emisiones fueron a largo plazo; en el 2000, el 62% de las emisiones fueron a corto plazo.

Obligaciones Negociables - Plazos de Emisión Promedio
Plazo de Emisión de Ons (En meses)
Año Mínimo Medio Máximo
1990 31 37 48
1991 36 55 144
1992 3 34 120
1993 5 36 120
1994 3 30 120
1995 1 20 120
1996 3 35 144
1997 3 45 144
1998 3 56 144
1999 3 55 120
2000 (1) 3 50 144

(1) Estimación anual. // Fuente: C.N.V.

Obligaciones Negociables - Emisiones de Corto y Largo Plazo
Distribución Porcentual

Año   1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000
Corto Plazo 16% 11% 30% 40% 20% 13% 35% 60% 62%
Largo Plazo 84% 89% 70% 61% 80% 87% 65% 40% 38%
Monto Total Colocado (1) 1.557 4.543 3.941 3.544 3.917 8.567 10.438 7.296 10.730

(1) En miles de Pesos. // Fuente: Fundación Capital.

Garantías

Las garantías que se utilizan normalmente son las siguientes:

• Simples o comunes: Representado por el patrimonio de la empresa. No existen preferencias para los tenedores de estos títulos frente a otros acreedores. Las obligaciones son denominadas también quirografarias.
• Reales:
a) Especial: Se trata de una garantía hipotecaria con la característica particular que el plazo máximo puede extenderse a 30 años, a diferencia de la garantía hipotecaria usual que tiene una vigencia de 20 años.
b) Flotante: Hay un compromiso por parte de la empresa de mantener una situación patrimonial del nivel existente al momento de la emisión, aunque cambie la composición de sus tenencias.
c) Prendaria: Por su naturaleza se justifica su utilización en emisiones de montos pequeños. No es de práctica habitual.
d) Fideicomiso de garantía: La Ley 24.441/95 incorpora el tratamiento de una figura jurídica que permite sofisticar las estructuras de las emisiones: el fideicomiso. Una de las aplicaciones de esta institución está relacionada con el tratamiento de las garantías. Así, surge la posibilidad de separar del patrimonio del emisor el objeto de la garantía, para que sea administrado por un fiduciario, en los términos previstos en el contrato de fideicomiso. 

Al separar el riesgo del emisor de los títulos valores (cuando se saca la garantía del patrimonio ésta queda protegida ante una posible quiebra del emisor) se mejora en forma significativa la capacidad de evaluación de los riesgos implícitos en el título, lo cual puede derivar en una mejor calificación crediticia del bono emitido.
• Aval Bancario.

Calificación de Riesgo

Para la emisión de títulos de deuda bajo el régimen de oferta pública generalmente se presentan dos calificaciones de riesgo. Las Calificadoras de Riesgo deben estar autorizadas a funcionar por la Comisión Nacional de Valores.

Costos de Emisión

La empresa emisora por lo general contrata los servicios de una institución financiera que se encarga de organizar la emisión y colocación de los títulos, por los cual cobra una comisión en relación al monto de deuda a emitir.

Debemos tener en cuenta que la primera emisión puede incluir gastos que determinen un costo de capital total más elevado que la tasa de interés de un préstamo tradicional, sin embargo, una vez que la empresa ha ingresado a la oferta pública los costos de las emisiones siguientes tienden a disminuir. Esto se debe a que la empresa utiliza la cotización de sus valores como un mecanismo de exposición y marketing. Por otra parte, muchos de los gastos de "puesta a punto" de la empresa no se repiten en emisiones posteriores.

Las ONS como instrumentos de Titulización

Originariamente la emisión de obligaciones negociables, bajo las previsiones de la ley 23.576 (con las modificaciones introducidas por la ley 23.962) y a través del dictado de la hoy derogada resolución 237 de la CNV, había dado paso a una herramienta de titulización toda vez que esta última norma permitía que las sociedades emisoras garantizaran el pago de los títulos emitidos con la prenda, a favor de sus tenedores, de derechos crediticios u otros tipos de activos de condiciones y características homogéneas (asset-backed securities). Se considerarían obligaciones negociables con garantías especiales también a aquellas cuyo pago fuera garantizado por las respectivas emisoras mediante la afectación de derechos crediticios garantizados con hipotecas sobre bienes inmuebles.

Actualmente, si bien en teoría la Ley de Obligaciones Negociables no tiene norma alguna que impida limitar la responsabilidad del emisor a los bienes sobre los que se constituye un fideicomiso, su autorización a la cotización en oferta pública introduciría un factor de confusión en el mercado de capitales, por lo cual las posibilidades de emisión con estas características están acotadas a aquellas obligaciones negociables garantizadas por un fideicomiso y donde el emisor sigue siendo responsable con su patrimonio en caso de insuficiencia de los bienes fideicomitidos .

Es interesante destacar los segmentos salientes del considerando de la, resolución 237 de la CNV, que motivó su dictado tendiente a instrumentar un proceso de titulización de activos con utilización de obligaciones negociables:

Que el actual estadio del desarrollo del mercado de capitales en el ámbito internacional ha llevado al surgimiento de nuevos instrumentos, nacidos de las necesidades de los requirentes de fondos de ofrecer a la más amplia base de inversores la posibilidad de participar en negocios ya existentes o a ser desarrollados por esos emisores de títulos, en el marco de un proceso que se ha dado en llamar "titulización" o "securitización".
Que es conveniente que la normativa del mercado de capitales argentino contemple las vías para canalizar este proceso de "titulización" o "securitización", en cualquiera de sus formas: con títulos respaldados por activos (asset-backed securities) o con participaciones en carteras o conjuntos de activos.

Esta última alternativa de financiamiento es válida en la medida en que no sea necesario o conveniente, separar de los estados contables el riesgo asociado a la empresa o el proyecto a desarrollar.

En los próximos números de Universo Económico trataremos los siguientes temas:

Fondos de Inversión Directa.
Fideicomisos Financieros.
Fondos Comunes de Inversión

 
Referencias

(1) El presente trabajo forma parte de la Tesis: “Fideicomisos Agropecuarios: Una alternativa para financiar al sector” Horacio Carlos Mackeprang – Septiembre 2001. Programa de Agronegocios y Alimentos – Facultad de Agronomía – Universidad de Buenos Aires.
(2) Sobre la base de los conceptos expuestos en la conferencia realizada por el Dr. Mario Oscar Kenny en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, agosto de 1995.
(3) Mónica Erpen. Cómo financiar a la empresa a través del Mercado de Capitales - IAMC. Cuaderno Nº 12.
(4) Paolantonio, Martín E.; Operaciones Financieras Internacionales, Rubinzal-Culzoni Editores, Buenos Aires, 1997, cap. 8.
(5) Aguirre Rodríguez, José Antonio. La Securitización de los mercados de crédito. Revista del Instituto Argentino de Mercado de Capitales Nº 12.
(6) Pavel, Securitización. Probus, Chicago 1989.
(7) El presente trabajo forma parte de la Tesis: “Fideicomisos Agropecuarios: Una alternativa para financiar al sector” Horacio Carlos Mackeprang – Septiembre 2001. Programa de Agronegocios y Alimentos – Facultad de Agronomía – Universidad de Buenos Aires.
(8) Ley 23.576/89 y sus modificatorias.
(9) Dejamos de lado el proveniente de organismos financieros internacionales (Banco Mundial, Corporación Financiera. Internacional, Eximbank y otros) que en general se otorgan con tasas subsidiadas.
(10) London Interbank Offer Rate.
(11) Mónica Erpen. Cómo financiar a la empresa a través del Mercado de Capitales - IAMC. Cuaderno Nº 12.
(12) Mónica Erpen. Obra Citada.
(13) Una excepción a esta alternativa la constituye, por ejemplo, la emisión de cédulas hipotecarias emitidas por el Banco Hipotecario Nacional (BHN) donde el emisor limita la responsabilidad sobre su patrimonio.
(14) Hansen, Leonardo Hugo – Fideicomisos Financieros, Tratamiento Tributario. Ediciones Macchi. Junio 2000.
(15) Financiamiento bajo la modalidad "off balance sheet", mecanismo mediante el cual el proyecto es financiado sin comprometer el balance de la empresa patrocinadora; se lleva a cabo "fuera de la hoja de balance".

Fecha de publicación: 11/06/02

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