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La
Ley Nro. 13.404 prorrogó el Régimen de reducción de Alícuota al 1.5%, de los Servicios
relacionados con la salud de acuerdo a los siguientes códigos:
Art.12.....
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| 8511 |
Servicios
de internación |
1,5% |
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| 8514 |
Servicios
de diagnóstico |
1,5% |
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| 8515 |
Servicios
de tratamiento |
1,5% |
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| 8516 |
Servicios
de emergencias y traslados |
1,5% |
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ARTICULO
14º.- Durante el ejercicio fiscal
2006, la determinación del impuesto correspondiente a las actividades relacionadas con la
salud humana contenidas en los códigos 8511, 8514 (excepto 851402), 8515 y 8516, se
efectuará sobre la base de los ingresos brutos percibidos en el período fiscal, quedando
sujetas, durante ese ejercicio, al mismo tratamiento alicuotario.
Buenos Aires, 21 de marzo de 2006. |
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