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1.
Por Ley Nº 26.077 se dispuso la Prórroga de la Emergencia Sanitaria
Nacional hasta el 31 de diciembre 2006, a excepción de las previsiones referidas al Programa
Médico Obligatorio de Emergencia. - Dejan de tener protección las ejecuciones
forzadas de los créditos que la Administración Federal de Ingresos Públicos posea
contra los prestadores médico-asistenciales. - No se ha tomado conocimiento de acciones
de la AFIP en tal sentido, al momento de la reunión. - 2. Se aprobó el Plan Médico Obligatorio, con carácter definitivo, por Resolución 1991 del Ministerio de Salud y Ambiente.
Para acceder a las Normas modificadas y/o complementadas por la Res. 1991,
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