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PublicadoPublicado: 21/05/2008

Natación
Reglamento Olímpico Interno de Padel Masculino
Objetivo: Regular las normas para una justa selección de los representantes del CPCECABA en adelante denominado “EL CONSEJO” para poder participar de las Olimpíadas Nacionales y/o Regionales.

Las siguientes son las condiciones deportivas generales establecidas para concurrir a las Olimpíadas en las cuales participe “EL CONSEJO”:

1. A los efectos de establecer una prioridad en la asignación de plazas para las Olimpíadas Regionales o Nacionales, en primer término se reservará una plaza a las parejas que hayan sido campeonas en el primer torneo anual de caballeros de las categorías libres y senior (considerando las mismas categorías previstas en las olimpíadas), y luego se considerarán las posiciones del torneo de la categoría libres de los matriculados que pertenecen al grupo de entrenamiento de los días sábados. La cantidad de plazas en principio la asignará la Comisión de Deportes (CD) y en función al interés de los matriculados, se generarán instancias de diálogo con la CD para gestionar plazas adicionales si fuese necesario.

2. En caso de igualar una pareja con otra su posición en la tabla del torneo, se desempatará por games average, games a favor, y de persistir el empate, sorteo.

3. En caso de existir una sola plaza disponible para uno de los jugadores de una pareja, este lugar se asignará mediante un sorteo, preferentemente con los jugadores involucrados presentes.

4. El o los coordinadores de la actividad, viajarán de acuerdo a su criterio para acompañar a la delegación de jugadores y solucionar temas logísticos y organizativos, independientemente de haber participado o no en el torneo y de sus ubicaciones en el mismo.

5. Será condición “sine qua non” para integrar el Listado De Buena Fe Olímpico, ser profesional matriculado en “EL CONSEJO”, y no registrar deuda vencida alguna con esta institución, ya sea por matrícula y/o cualquier otro concepto.

6. Es EXCLUYENTE, para poder participar de la actividad, presentar anualmente ante “EL CONSEJO” el certificado de “APTO MÉDICO”.
Para aquellos deportistas que sean designados para concurrir a cada olimpíada será obligatorio y excluyente la presentación del “DESLINDE DE RESPONSABILIDAD” que solicita “EL CONSEJO”.

7. Se aclara que ante cualquier nuevo jugador que se integre a la actividad, los coordinadores ubicarán al jugador en el grupo que a priori solicite, se evaluará su nivel de juego y a criterio de los coordinadores, el jugador que no se encuentre jugando en la categoría que le corresponde, será recategorizado, a los efectos de mantener una armónica relación entre los grupos y sus niveles de juego.

8. Los coordinadores deberán asistir a las reuniones de la comisión deportes establecidas por “EL CONSEJO”, informando a los deportistas y Entrenador todas las novedades que surjan de las mismas.
La comunicación con “EL CONSEJO” de las inquietudes de los Matriculados como así también las del Entrenador, en todo momento será a través de los Coordinadores.

Para acceder al Reglamento Olímpico Interno General, haga click aquí.

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