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Honorarios mínimos de
Síndicos Concursales. Actualización al 13-09-10 |
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El
Consejo, con fecha 3-09-10, se dirigió al Presidente de la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Comercial con relación a la adecuación del parámetro para regular los
honorarios de los síndicos concursales que fija un mínimo relacionado con el sueldo del
Secretario de Primera Instancia.
En dicha nota se dijo que "... dado que por Acordada N° 13/2010 de la CSJN se
dispuso un incremento salarial del 7% a partir del 1º de mayo del corriente año y del 8%
a partir del 1º de julio, para todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder
Judicial de la Nación, entendemos que correspondería adecuar los valores a que se hizo
referencia, a fin de considerarlos como pauta de los honorarios mínimos de los síndicos
concursales.
En respuesta con fecha 13 de septiembre, la Cámara remitió copia del informe de fecha
30-08-10 elaborado por la Habilitación del fuero. Del mismo surge que a partir del 1º de
julio del corriente año, los haberes de Secretario de Juzgado ascienden a la suma de $
8.590,96, a lo que debe adicionarse un 25% por compensación funcional, la que asciende a
la suma de $ 2.147,74, haciendo un total de $ 10.738,70.
Estos son los valores que se tomarán en cuenta como parámetro para regular los
honorarios mínimos de los síndicos concursales. |
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