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Procedimiento vigente
Los informes ó certificaciones sujetos a legalización deberán estar firmados por el
titular de la cuenta y serán presentados en las bocas de recepción habituales. Al
entregar la documentación se deberá avisar al receptor que se utilizará la cuenta
corriente del matriculado y se presentará la autorización para su uso , en caso de
corresponder. Una vez aceptada la documentación el importe de la operación será
debitado directamente de la cuenta del firmante. La cuenta será asignada en forma
personal para los profesionales que actúen individualmente y a la asociación profesional
inscripta para los socios que actúen en esa condición.
El titular podrá optar por dos formas de autorización de débito en su
cuenta:
a. LIBRE, para cualquier documentación presentada para legalizar, o
b. RESTRINGIDA, para determinados trámites. En este caso se exigirá una
autorización especial extendida por el titular de la cuenta (profesional individual o
socio de la asociación profesional) con mención expresa de la documentación a
legalizarse.
Los usuarios de esta modalidad disponen de estas variantes:
Cuenta Anticipada. Se depositan en forma anticipada los importes
correspondientes a operaciones a realizarse con posterioridad.
Cuenta Diferida. Se difiere el pago de las operaciones efectuadas,
acumulándose en una cuenta cuyo saldo debe ser cancelado mensualmenteCuenta Anticipada:
El importe
de la legalización será descontado directamente de los fondos existentes en la cuenta de
crédito del firmante.
El crédito en la cuenta se constituirá mediante un depósito realizado en
cualquier caja del Consejo o enviado por correo, de un monto correspondiente a operaciones
futuras, determinado por el propio interesado de acuerdo a su previsión de tramites
habituales. El Consejo brindará información sobre el detalle de los depósitos
realizados, operaciones efectuadas y descontadas de su cuenta y saldo de operación
disponible.
Cuenta Diferida:
El importe
de la legalización será debitado en la cuenta del firmante y mensualmente se le enviará
un informe con el detalle de las operaciones debitadas, con carácter de liquidación,
para su pago a través de los medios habituales.
En el caso de las asociaciones profesionales, el informe de las operaciones
será remitido a la dirección de la asociación, indicando el detalle de las operaciones,
ordenadas por socio firmante y fecha de presentación en el Consejo.
La adhesión a esta modalidad podrá realizarse según la manera de pago
elegida:
a. por débito automático a través de cualquiera de las
tarjetas habilitadas
b. por pago en las cajas del Consejo, en cuyo caso se deberá
abonar un derecho de inscripción anual equivalente al monto de 10 (diez) legalizaciones
mínimas. El monto correspondiente a las operaciones efectuadas será descontado
automáticamente del fondo constituido como derecho de inscripción. Una vez agotado este
importe, las operaciones presentadas posteriormente serán liquidadas a fin de cada mes.
Las adhesiones al sistema de Cuenta Corriente deben realizarse en forma
personal en el Sector de Legalizaciones, Atención de Profesionales, de la Gerencia de
Matrículas, Legalizaciones y Control, debiendo presentarse documento de identidad y
tarjeta de crédito cuando corresponda. |
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