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Receptor de documentación legalizada

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Profesional firmante

Controle la documentación presentada en el Consejo para legalizar su intervención profesional [+]

 

 

“Se legalizarán todos los formularios F. 760/C pertenecientes a empresas que tengan domicilio legal en CABA. Aquellos formularios de empresas que tienen domicilio legal en CABA, pero domicilio fiscal en otra jurisdicción, también serán legalizados en este Consejo.

 

Para ello, el domicilio legal deberá constar en el F. 760/C que se presente para legalizar, en el Apartado I – IDENTIFICACION DEL DESTINATARIO DEL INFORME PROFESIONAL – Domicilio y Código Postal. El domicilio fiscal, de no coincidir con el legal, también deberá figurar en este mismo apartado.

 

Si el domicilio legal estuviera agregado a mano o a máquina, el mismo profesional certificante del F. 760/C deberá volver a firmar dicho formulario para ratificar de tal forma el domicilio legal consignado.

 

El Apartado III a) – ALCANCE DE LA TAREA REALIZADA deberá estar completo en todas sus partes, con especial verificación de la fecha de legalización del Informe o Certificación de los Estados Contables. Si este dato no figura, será causal de rechazo.

 

No es necesario que el F. 760/C se acompañe con un F. 713, ni con ningún otro formulario impositivo, como se venía requiriendo hasta el presente.

 

El control de la legalización de los estados contables que el profesional manifiesta en el Apartado III del F. 760/C es una tarea que el Consejo realiza a posteriori. Próximamente dicho control se realizará en el mismo momento de la legalización”.

 

Las Legalizaciones de este formulario que se realicen en las Delegaciones del Consejo serán devueltas con el tramite presentado ante AFIP. Para ello, se deberá adjuntar el respectivo duplicado para ser intervenido por el organismo receptor.

 

Consultas o comentarios: Correo electrónico: legalizaciones@consejocaba.org.ar

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