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Publicado: 27/02/2006

Legalizaciones
Recordatorio
A raíz de consultas formuladas por nuestros matriculados, se recuerda que, en los casos en que se practiquen certificaciones requeridas por las empresas para cancelar obligaciones mantenidas con proveedores del exterior, resulta un requisito indispensable la mención del banco interviniente en el texto de la certificación con el fin de cumplir adecuadamente con lo dispuesto por la Res. C. 302/93 de nuestra Institución.

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