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Publicado: 09/01/2004

Resolución CD Nº 214/2003
Modificación del Reglamento Interno

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de diciembre de 2003

En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1026) el Consejo Directivo aprobó la siguiente resolución:

VISTO:

El Reglamento Interno Resolución C. D. N° 108/2001 y el Reglamento de la Comisión Fiscalizadora y

CONSIDERANDO:

1. Que oportunamente el Consejo Directivo aprobó por Resolución C. D. N° 108/2001 el Reglamento Interno del Consejo.

2. Que por su artículo 1° el mismo abarca la actuación de distintos órganos y dependencias del CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, incluyendo a la Comisión Fiscalizadora.

3. Que dicho órgano de contralor, considerando su condición de órgano independiente dentro del régimen de organización del Consejo regulado por la Ley N° 466 CABA, dictó su propio Reglamento.

4. Que, en consecuencia, la normas del art. 1° del Reglamento Interno así como su Título III (arts. 61 a 70) han quedado sustituidos por el contenido de la normativa dictada por la Comisión Fiscalizadora.

5. Que, por lo tanto, corresponde proceder a la derogación del articulado mencionado y contenido en el Reglamento Interno.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Art. 1°.- MODIFICAR el artículo 1° del Reglamento Interno Resolución C. D. 108/2001 el que quedará redactado en la siguiente forma:

“Artículo 1° - El presente Reglamento Interno abarca la actuación del Consejo Directivo, de las Comisiones Asesoras y de Servicios Administrativos y Técnicos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los órganos y dependencias comprendidas en este Reglamento, se rigen por las disposiciones de la Ley N° 466 G.C.B.A., la Ley Nacional N° 20.488, el presente reglamento y las reglamentaciones particulares que se dicten para el funcionamiento de las Comisiones Asesoras y de los servicios administrativos y técnicos.”

Art. 2°.- DEROGAR los artículos 61 a 70, ambos inclusive, del Reglamento Interno (Resolución C. D. N° 108/2001).

Art. 3°.- COMUNÍQUESE, regístrese y archívese.

Carlos Eduardo Albacete
Secretario
Horacio López Santiso
Presidente

RES. C.D. N° 214/2003

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