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Publicado: 05/05/2006

La AFIP nos escucha
Aplicativo Ganancias Personas Jurídicas Versión 7.0
En virtud del pedido formulado por este Consejo Profesional a través del cual se solicitó la suspensión del programa aplicativo "Ganancias - Personas Jurídicas - Versión 7.0" al considerar que la cantidad y complejidad de la información requerida por el mismo supera el límite de lo razonable; el Organismo Fiscal emitió la Resolución General Nº 2047 (B.O. 05/05/2006) disponiendo que los contribuyentes y responsables con ejercicios comerciales cerrados en diciembre de 2005, enero y febrero de 2006, podrán optar - con carácter de excepción - por utilizar en sustitución del programa "Ganancias - Personas Jurídicas - Versión 7.0", el programa aplicativo denominado "Ganancias - Sociedades - Versión 6.0".

Asimismo, los sujetos que ejerzan dicha opción, deberán formalizar una presentación de declaración jurada informativa mediante el formulario 713, generado a través del programa aplicativo "Ganancias - Personas Jurídicas - Versión 7.99".


Para acceder al texto completo de la resolución y las fechas de vencimiento, haga click aquí

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