-

 

Publicado: 05/09/2006

Legalizaciones
Estados contables de sociedades domiciliadas en el exterior
El Consejo Directivo, mediante Res. CD 92/2006, aprobó una modificación a la Resolución C. 236/88 de Control Formal de Actuaciones Profesionales, por medio de la cual se permitirá la legalización de estados contables de sociedades domiciliadas en el exterior, cuando el pedido de legalización de los mismos se realice con motivo de su consolidación con una controlante domiciliada en el país. Dichos estados contables deberán estar en moneda nacional, en idioma nacional y preparados de acuerdo con las normas contables vigentes en el país.

Con esto se cubre una situación no contemplada en el Reglamento de Control Formal de Actuaciones Profesionales.

Volver  |  Página Inicio