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Publicado: 30/10/2007

AFIP
Decreto 1346/07. Planteamos inquietudes al Fisco
El Consejo envió una nota al Administrador Federal de Ingresos Públicos con relación a las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1346/07. La norma en cuestión dispuso que – a los efectos de determinar los aportes con destino al Sistema Único de la Seguridad Social, y los aportes y contribuciones con destino al Régimen de Obras Sociales – el límite máximo de la base imponible se eleva a 84,375 MOPRES, lo cual tendrá aplicación retroactiva al 01/09/2007.

En virtud de ello, dada la cuantía de consultas recibidas por parte de nuestros matriculados, se plantearon en la nota de referencia las siguientes inquietudes:

• Aplicación retroactiva de la norma al 01/09/2007: ¿en qué momento deberá procederse a efectuar el descuento de los aportes a los empleados y cuándo habrá que ingresarlo? ¿Procederá la aplicación de intereses resarcitorios? ¿Qué versión del programa aplicativo habrá que emplear?

• Efectos de la modificación en las bases imponibles del resto de los subsistemas y ART: ¿el incremento se aplica solamente a las bases previsionales definidas en los artículos 6 y 9 de la Ley 24.241, o también al resto de las bases imponibles de los susbsistemas?

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