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Publicado: 19/03/2008

Defensa del consumidor
Se aprobaron las modificaciones propuestas por nuestro Consejo
Con fecha 9 de agosto de 2006 se dio media sanción en la Cámara de Diputados a un proyecto de modificación de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor. En el proyecto de reforma elaborado por las Comisiones de Defensa del Consumidor, de Comercio y de Justicia se proponía agregar a los artículos 2° y 3° un párrafo del siguiente tenor: "para el caso de los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, la responsabilidad será imputable al factor subjetivo o culpa". Dicha propuesta de modificación de los arts. 2 y 3° motivó la presentación por parte de este Consejo de sendas notas ante la Cámara de Diputados y los presidentes de los distintos bloques de la Cámara de Diputados y las comisiones intervinientes en el proyecto de reforma.

Cuando el proyecto ingresa en la Cámara de Senadores, el Consejo junto con otras entidades profesionales y asociaciones de consumidores participó activamente en pos de lograr que los profesionales liberales quedaran excluídos de la Ley. El Senado aprobó el siguiente texto del artículo 2°:

"… No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación"

Este texto satisface las expectativas, no sólo de este Consejo Profesional, sino de todos los Consejos y Colegios Profesionales del país que veían cercenadas sus facultades con el texto aprobado en la Cámara de Diputados.

Finalmente, en marzo de 2008, se aprobó la ley con el texto que fuera aprobado en Senadores, coronando el esfuerzo realizado por nuestro Consejo para adecuar el texto de la Ley a las pretensiones de las diferentes entidades profesionales.

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