-

 

Publicado: 27/06/2008

Nota a la AGIP

Vencimiento CM 05. Solicitud de prórroga

Considerando la intención de los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones formales y la cuantía de profesionales que a la presente fecha ya se encuentran realizando el trámite de legalización de la declaración jurada, el Consejo – mediante nota – requirió a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos la prórroga del vencimiento dispuesto a los fines de presentar el F. CM 05.

Se recuerda que el vencimiento original operará el próximo 30 de junio, y que el mismo ha sido dispuesto en forma permanente por la Resolución (DGR CBA) Nº 1466/01. Sobre el particular, dicha norma especificó que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, con sede en la Ciudad de Buenos Aires, podrán presentar válidamente la mencionada declaración jurada, hasta la fecha antes indicada.

En adición a lo comentado, se señaló que la fecha citada precedentemente coincide con el vencimiento especial – estipulado a nivel nacional – a los efectos de presentar las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales.

Volver  |  Página Inicio