|
La
Oficina de Rúbricas de libros laborales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA)
nos ha hecho llegar algunas aclaraciones referidas a los trámites más frecuentes que
tienen lugar en dicho sector. A la luz de ellas, las recomendaciones acerca de cómo
realizar el Informe de Extravío y el Informe de Almacenamiento son las siguientes. I) INFORME DE
EXTRAVIO
El informe de extravío debe contener:
Datos de la rúbrica extraviada:
- Número de registro.
- Tomo, folios y fecha de rúbrica.
- Períodos registrados.
- Nómina de los trabajadores incluidos:
- Nombre y apellido.
- C.U.I.L.
- Tarea desempeñada.
- Fecha de ingreso.
- Firma del trabajador, o fecha de baja de corresponder.
Estos datos deben coincidir con los consignados en la denuncia policial.
Si los folios extraviados estuvieran sin registro en blanco no es necesario
el informe de extravío, sino sólo una nota firmada por el titular de la empresa, que
mencione los folios extraviados, y que los mismos se encuentran en blanco, junto con la
denuncia policial correspondiente.
IMPORTANTE:
El informe debe ser firmado por profesional
independiente.
Se debe presentar legalizado por el Consejo
Profesional, en original y una copia simple.
La denuncia policial se debe presentar en original y
copia.
Acompañar últimos seis (6) F. 931 con acuse de
recibo.
No se aceptarán informes salvados.
II) INFORME DE ALMACENAMIENTO
El informe de almacenamiento debe contener:
Datos de los períodos registrados en la última
rúbrica, haciendo mención al último folio utilizado (no
rubricado ni anulado)
RECOMENDACIONES:
Si hay folios anulados, se deben informar.
Si el último folio procesado no coincide con el
registro de un período normal de liquidación (ej.: liquidación final, anticipos,
vacaciones), se deberá adjuntar también el último folio en el cual se mencione el
período liquidado.
Si en el último registro no se completó el mes se
debe informar como registración en forma parcial.
Si el registro corresponde a la 1ra. Quincena, ello
debe ser especificado.
Si los folios fueron utilizados al dorso, se deberá
anular los mismos.
IMPORTANTE:
El informe debe ser firmado por profesional
independiente.
Se debe presentar legalizado por el Consejo
Profesional, en original y una copia simple.
Los folios deben ser presentados en original y copia.
No se aceptarán informes salvados. |
|