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Publicado: 10/05/2010

Se aprobaron las Resoluciones C. D. N° 29 y N° 30
En la sesión del 21 de abril, nuestro Consejo Directivo aprobó las Resoluciones C. D. N° 29 y N° 30/2010.

La Resolución C. D. N° 29/2010 aprobó los artículos 1° y 2° de la Resolución Junta de Gobierno FACPCE N° 395/2010 “Adecuación del monto de ventas para calificar como Ente Pequeño. Modificación del Anexo A de las Resoluciones Técnicas 17 y 18 y de la Interpretación N° 4”. La Resolución tendrá vigencia para la elaboración de los estados contables correspondientes a ejercicios cerrados a partir del 31 de diciembre de 2009, inclusive.

La Resolución C. D. N° 30/2010 aprobó el artículo 1° de la Resolución Junta de Gobierno N° 394/2010 “Normas transitorias para la Resolución Técnica N° 24 – Normas profesionales: Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”. La Resolución tendrá vigencia para estados contables anuales o períodos intermedios correspondientes a los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2009, admitiéndose su aplicación anticipada.

Ambas Resoluciones fueron propuestas a los Consejos para su sanción, por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), y declaradas Normas Contables Profesionales de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El texto completo de las Res. C.D. N° 29 y N° 30/2010 están disponibles en: http://www.consejo.org.ar/marcolegal/marcolegal.htm#contables.

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