Publicado el 17/08/12

De interés para peritos que actúan en la Justicia Nacional del Trabajo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante Res. Nº 912/2012 del 10 de mayo pasado, dispuso feriado judicial para los Juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 28, 29, 32, 33, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y para la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, de acuerdo al “Cronograma general de implementación” elaborado por la Dirección General de Tecnología.

 

 

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