Publicado el 04/08/14

AGIP: Ingresos brutos. Contribuyentes locales y de Convenio Multilateral. Declaración jurada anual

Mediante la publicación de la Resolución (AGIP Bs. As. Cdad.) 511/2014, el Fisco porteño dispuso que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – incluyendo en esta categoría tanto a los inscriptos en la categoría Locales como a los que liquidan bajo el régimen del Convenio Multilateral – excluyendo a los contribuyentes del Régimen Simplificado -, deberán presentar la declaración jurada anual en forma electrónica a través de la aplicación que se encuentra disponible en la página web de AGIP: www.agip.gob.ar o mediante la utilización del aplicativo Si.Fe.Re, respectivamente.

 

Cabe destacar que ésta será la única forma habilitada para dar cumplimiento a dicha presentación.

Se recuerda que los contribuyentes organizados jurídicamente como sociedades regulares deberán certificar la Declaración Jurada anual con la intervención de un Contador Público, y legalizar dicha certificación en el Consejo Profesional.

 

El vencimiento de la presentación de la DDJJ de contribuyentes locales tendrá lugar los siguientes días:

• Jueves 21/08 CUIT finalizados en 0 y 1
• Viernes 22/08 CUIT finalizados en 2 y 3
• Lunes 25/08 CUIT finalizados en 4 y 5
• Martes 26/08 CUIT finalizados en 6 y 7
• Miércoles 27/08 CUIT finalizados en 8 y 9

 

El cumplimiento de la obligación termina con la presentación de la certificación de dicha DDJJ para su legalización en el Sector de Legalizaciones del Consejo Profesional. En virtud de un acuerdo con AGIP, el Consejo se ocupará de informar a ese organismo fiscal los contribuyentes que han cumplido con el trámite, lo cual evitará sanciones administrativas para los mismos.

 

Para las presentaciones del CM 05 (Convenio Multilateral) se encuentra habilitada la posibilidad de realizar la legalización en forma electrónica a través del sitio web del Consejo. A estos efectos, consultar haciendo clic aquí.

 

Agip

 

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