La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa que bajo el nuevo régimen para Agentes de Recaudación establecido por la Resolución AGIP 939/2016 y modificatorias, no estarán alcanzados por percepción alguna los contribuyentes que no tengan actividad inscripta en esta jurisdicción.
Así lo establece en un dictamen emitido el viernes 4 de noviembre por la Dirección General de Análisis Fiscal de AGIP, que preserva el criterio establecido por la Comisión Arbitral Convenio Multilateral en 2011, respecto del sustento territorial.
AGIP - Percepciones