En respuesta a un pedido de nuestro Consejo, la Unidad de Información Financiera (UIF) elevó de $10 millones a $20 millones el umbral de activo a partir del cual el contador público puede pasar a ser sujeto obligado a informar.
A través de la Resolución Nº 104/2016, la UIF
respondió a las gestiones de nuestro Consejo Profesional. La actualización
había sido anticipada por el presidente de la UIF, Dr. Mariano Federici,
durante un almuerzo con la matrícula.
La norma modificó, a partir del 1° de septiembre último, el artículo 2,
inciso e), apartado B- i) de la Resolución UIF 65/2011, llevando a $ 20
millones el límite mencionado. También introdujo cambios en la
caracterización
de "cliente" y actualizó los mínimos de los demás sujetos obligados.
UIF 104/2016