Publicado el 08/06/18

No se recibirán más de $ 10.000 en efvo. en entidades exentas

A partir del 1° de julio de 2018 el Consejo no podrá recibir dinero en efectivo respecto de los cobros por cualquier concepto por montos iguales o superiores a 10.000 pesos.

Así surge de la flamante resolución general 4157 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), donde se disponen nuevos requisitos que deben cumplir las entidades exentas para renovar el certificado de exclusión del Impuesto a las Ganancias.

 

 

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