La
utilización de los Sistemas Abierto y/o Mixto implica
la posibilidad de solicitar posteriormente el reintegro de los gastos efectuados, dentro
de los topes y valores vigentes a la fecha de la prestación, con las condiciones que a
continuación se detallan para cada tipo de gasto:
| Intervenciones Quirúrgicas
Cuando un socio
utilice para su internación un sanatorio que no pertenece a la cartilla médica, siempre
que su plan se lo permita, podrá solicitar el reintegro correspondiente.
Este rubro comprende todos los gastos realizados en la internación que se detallan a
continuación: |
| Derechos Clínicos. |
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Derechos Quirúrgicos. |
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Derechos Uso del
Equipo. |
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Prácticas de
diagnóstico y/o tratamiento. |
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Derechos Uso del
Equipo. Medicamentos. |
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Traslados. |
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El
valor a reintegrar será una suma fija establecida para cada plan y actualizada por el SIMECO. |
Son aquellos pagados a
profesionales médicos por la atención durante una internación clínica.
Si en una internación solicitada por médico del plantel de SIMECO, el
beneficiario optara por solicitar atención de un médico particular, ya sea por
interconsulta o para el seguimiento del paciente, toda la internación
será considerada por sistema abierto, quedando el profesional de cartilla liberado de su
obligación de atender al paciente por sistema cerrado y consecuentemente podrá actuar
como profesional particular y cobrar sus honorarios profesionales.
Todo asociado tiene derecho a 20 días de internación.
El valor a reintegrar será una suma fija establecida para cada plan y actualizada por el SIMECO. |
Cuando el socio
utilice el Sistema Mixto para una intervención quirúrgica, con
posterioridad al alta del sanatorio, podrá solicitar por vía del reintegro los
Honorarios del Equipo Quirúrgico, siempre que su plan se lo permita, siendo estos los
honorarios de todo equipo quirúrgico interviniente en la operación de acuerdo a la
determinación del Nomenclador Nacional de Prestaciones Médicas para la intervención
quirúrgica que le dio origen.
El valor a reintegrar será una suma fija establecida para cada plan y actualizada por el SIMECO. |
Internaciones de Terapia Intensiva |
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Comprende las
prestaciones tales como unidad coronaria, cuidados especiales, terapia neonatológica y
terapia intermedia.
Todo asociado tiene derecho a 20 días de internación por cualquiera de los conceptos
detallados.
El valor a reintegrar será una suma fija establecida para cada plan y actualizada por el SIMECO. |
| Existen 2 conceptos
con posibilidades de reintegro: |
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| Honorarios: Consiste en una suma fija para todo el equipo interviniente en el parto
(normal o cesárea) y otra para la atención del recién nacido (Neonatólogo) |
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Tope Diario: Consiste en una suma fija por día de internación,
establecida para cada plan y actualizada por el SIMECO. |
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| Este rubro tiene 2
topes: |
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| Tope Diario: Consiste en una suma fija por día de internación, establecida para cada
plan y actualizada por el SIMECO. |
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Tope
Anual: Cada asociado tiene
derecho a 60 días de internación por año. |
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Para
cualquier aclaración y/o ampliación de lo detallado comuníquese al sector Reintegros:
Tel: 5382-9461 al 63 - Fax: 5382-9465 ó 9467
autoriz_y_reintegros@consejo.org.ar
Responsable de Autorizaciones y Reintegros:
5382-9462 - atencion_socios@consejo.org.ar
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