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PublicadoPublicado: 05/08/2015

Atletismo
Reglamento Olímpico Interno de Atletismo
Objetivo: Regular las normas para una justa selección de los representantes del CPCECABA en adelante denominado “EL CONSEJO” para poder participar de las Olimpíadas Nacionales y/o Regionales.

Las siguientes son las condiciones deportivas establecidas para concurrir a las Olimpíadas en las cuales participe “EL CONSEJO”:

1º Categorías
Se establecerán las mismas que defina el reglamento de cada Olimpiada.
Sin perjuicio de ello consideramos que las categorías que mejor se adaptan a las necesidades de Atletismo son por edad:
Libre hasta 40 años
Junior de 41 a 50 años
Senior de 51 a 60 años
MaxiSenior mas de 60 años

2º Cantidad de Deportistas
Conforme a las plazas que “EL CONSEJO” asigne a la disciplina para las olimpiadas, el entrenador tiene la facultad de decidir la estrategia para organizar el equipo, merced a la cantidad de participantes por prueba, puesto que tiene la consigna de ubicar por lo menos a un participante por cada prueba/categoría, de ahí la estructura estratégica de bajar o permanecer en cada categoría.

3º “EL CONSEJO” proveerá las instalaciones donde se desarrollarán los entrenamientos físico/tácticos y en donde se llevarán a cabo las prácticas de los equipos representativos. Asimismo designará al cuerpo técnico, el que estará integrado por un entrenador con Titulo Academico que lo habilite para dirigir tanto las prácticas deportivas y físicas, como la dirección técnica de los equipos representativos.

4º Selección
“Tendrán prioridad para constituir el equipo representativo:
a. los atletas que hayan participado de olimpiadas inmediatas anteriores, tengan una continuidad personal en los entrenamientos y rendimiento adecuado a su salud para la competencia.
b. los concurrentes a las prácticas habituales de atletismo de “EL CONSEJO”.
Serán considerados concurrentes a las prácticas de atletismo del Consejo los que:
b 1. tengan una asistencia mínima del 70 % a las mismas los días establecidos (actualmente Martes y/o Sábados), sean puntuales y no obvien la parte principal de la sesión donde se entrena la carrera.
b 2. participen de las pruebas previstas por “EL CONSEJO” en el Calendario de pruebas.
c. los aspirantes que no han concurrido a las prácticas habituales de atletismo deberán someterse a la evaluación de sus marcas, conforme se expresa mas abajo.

5º Evaluación de las distancias de velocidad y fondo
Antes de la fecha límite de inscripción de deportistas fijada por el “EL CONSEJO” los aspirantes deberán justificar sus marcas personales en algunas de las siguientes pruebas: 100 metros llanos damas y caballeros, 1.500 metros damas y caballeros, 3.000 m. en caso de damas y de 5.000 m. en caso de caballeros.
La marca se tomará del mejor registro personal en las distancias antedichas, realizadas en una pista de atletismo o en algún circuito medido oficialmente y fiscalizadas por las entidades oficiales del deporte, ellas son la Federación Atlética Metropolitana (FAM) o el Circulo Argentino de Atletas Veteranos (CADAV), las que organizan con frecuencia sus torneos respectivos, tanto para sus atletas afiliados como para atletas libres.
Si en las fechas de torneos evaluatorios previstos no se encuentran programadas las distancias de fondo de 3.000 o 5.000 metros aquí mencionadas, es válido participar en cualquiera de ellas extrapolando la marca merced a las tablas técnicas de equivalencias habituales en el atletismo. Esta tarea estará asignada al entrenador.
En caso que algún atleta no pueda o no le interese competir en el ámbito federativo o desea mejorar su marca, “EL CONSEJO” podrá establecer por lo menos una fecha dentro de esos 90 días, para tomar una evaluación en las distancias mencionadas sobre una pista de atletismo.
La marca personal de cada atleta será evaluada conforme la integración del equipo y distribución de categorías.
Ejemplo:
En el caso de las categorías, supongamos que debemos dirimir dos plazas y en la evaluación de 5.000 mts. caballeros hay tres aspirantes: a) un único atleta de categoría Junior que posee una marca de 22 minutos, y b) dos atletas de categoría maxi que poseen una marca de 21 minutos. Se podrá optar por seleccionar a los dos atletas maxi pues ambos con mejores marcas podrán competir uno en su categoría y el otro bajar a categoría junior.”

6º Obligaciones del Deportista
a. Cumplir con las evaluaciones.
b. En todo momento deberá aceptar las directivas que el entrenador tome tanto en los entrenamientos como en los torneos que el equipo compita. De la misma forma respecto de las obligaciones administrativas que disponga “EL CONSEJO”.
c. Mantener el debido respeto hacia sus propios compañeros y hacia otros competidores, tanto en los entrenamientos como en las competencias. El incumpliendo de estas normas de convivencia tendrán como consecuencia la elevación por parte de los coordinadores de un informe sobre los hechos para su análisis a la Comisión de Deportes, pudiendo el atleta ser apercibido o separado del grupo de acuerdo a la gravedad de la falta, considerando que la Olimpiada es un evento de características fraternales e integradoras y que no es posible mantener la cohesión de un equipo en estas circunstancias.
d.
Será condición “sine qua non” para integrar el Listado de Buena Fe Olímpica, ser profesional matriculado en “EL CONSEJO” y someterse a los requisitos que el mismo establezca.
e. Es
EXCLUYENTE, para poder participar de la actividad, presentar anualmente ante “EL CONSEJO” el certificado de “APTO MÉDICO”.
Para aquellos deportistas que sean designados para concurrir a cada olimpíada será obligatorio y excluyente la presentación del “DESLINDE DE RESPONSABILIDAD” que solicita “EL CONSEJO”.
 
8º Del Coordinador. Funciones
El o los coordinadores de la actividad será/n elegidos por los miembros del equipo de atletismo, en una reunión citada para tal fin. Asistirán a la entrenadora en la organización de las carreras de calendario y las tareas administrativas, evaluativas que correspondan y acompañaran a la delegación al regional para solucionar temas logísticos y organizativos, debiendo mantener en todo momento el ejemplo frente a sus pares deportivos.

9º Canales de Comunicación
Los coordinadores deberán asistir a las reuniones de la Comisión de Deportes establecidas por “EL CONSEJO”, informando a los Matriculados y Entrenador todas las novedades que surjan de las mismas. La comunicación con el Consejo de las inquietudes de los Matriculados concurrentes a las prácticas de Atletismo y como así también las del Entrenador, en todo momento será a través de los Coordinadores.

Para acceder al Reglamento Olímpico Interno General, haga click aquí.

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