La AFIP reglamentó la prórroga de los vencimientos de Ganancias Personas Jurídicas

18/12/2018

La AFIP, a través de la RG 4.363/2018 dispuso que las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias -Personas Jurídicas - cuyos vencimientos operaron los días 13, 14 y 17 de diciembre de 2018, se considerarán cumplidas en término si se presentan hasta el 21 de diciembre de 2018, inclusive. 

Asimismo, estableció que el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada deberá efectuarse hasta la nueva fecha de vencimiento. Aquellos sujetos que hubieran presentado la declaración jurada del referido gravamen aplicando la alícuota del TREINTA POR CIENTO (30%), deberán rectificar y, en su caso, ingresar el saldo resultante, hasta la nueva fecha de vencimiento.