Subsidios

Los subsidios sociales proporcionan a los matriculados un apoyo adicional en circunstancias en que se producen acontecimientos extraordinarios que pueden convertirse en dificultades o hechos que necesiten un aporte complementario para poder superarlo. Estos beneficios son excepcionales y de carácter solidario.

Coberturas e importes vigentes desde el 01/01/2024

Importante: para tramitar/renovar subsidios se deberá presentar documentación original. 

Subsidios de pago por única vez

  • Casamiento

    • Monto vigente: $87.000.-
    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Nacimiento

    • Monto vigente: $87.000.-
    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Adopción

    • Monto vigente: $87.000.-
    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Fallecimiento de matriculado

    Serán beneficiarios de este subsidio las personas que el matriculado designe con tal carácter, o, en caso de no completarse el formulario de designación explícita de beneficiarios, los herederos forzosos del causante. Para la designación, el matriculado deberá completar el formulario pertinente, en el que constan sus datos personales así como los de los beneficiarios a designar. El formulario deberá ser firmado ante el personal del sector de subsidios.
    • Monto vigente: $250.000.-
    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Forma de pago: el pago del Subsidio es únicamente por transferencia bancaria.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Fallecimiento de cónyuge

    • Monto vigente: $170.000.-

    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Fallecimiento de hijo del matriculado

    Se encuentran comprendidos en este subsidio los fallecimientos de todos los hijos de matriculados, incluidos los adoptivos, que ocurran hasta los 21 años de edad, y los mayores con discapacidad, a cargo, sin límites de edad. Asimismo, se consideran comprendidos los casos que correspondan a defunciones fetales(corresponderá la partida de defunción debidamente legalizada)
    • Monto vigente: $210.000.-
    • Plazo: el derecho a solicitar el subsidio caducará a los dos años contados a partir de la fecha del hecho.
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

Subsidios de renovación anual con otorgamiento mensual

  • Apoyo a la rehabilitación del menor con discapacidad

    Tendrán derecho al cobro del subsidio los matriculados con hijos con discapacidad.
    El subsidio será abonado a partir de la aprobación de la correspondiente solicitud hasta que el menor cumpla los 21 años de edad.
    • Monto vigente: $60.000.- (Pagobimestral)
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Ayuda para el Matriculado con hijos con discapacidades mayores de 21 años

    Tendrán derecho al cobro del subsidio los matriculados con hijos con discapacidad mayores de 21 años que se encuentren a su exclusivo cargo.
    • Monto vigente: $36.000.- mensual. 
    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

  • Edad Avanzada

    • Tope de ingresos: $320.000.-
      Tope de Patrimonio: $12.700.000.-
    •  Tope máximo de pago: $160.000.- (Pago Mensual)


    Tendrán derecho a este subsidio todos los matriculados que sean beneficiarios del Sistema Nacional de Previsión Social y cuenten con las siguientes edades mínimas y de años de antigüedad de matrícula vigente: 67 años de edad y 42 años de matricula vigente; 68 años de edad y 41 años de matrícula vigente; 69 años de edad y 40 años de matricula vigente; 70 años de edad y 39 años de matrícula vigente; 71 años de edad y 38 años de matrícula vigente; 72 años de edad y 37 años de matrícula vigente; 73 años de edad y 36 años de matrícula vigente; 74 años de edad y 35 años de matrícula vigente; 75 años de edad y 34 años de matricula vigente, 76 años de edad y 33 años de matrícula vigente, 77 años de edad y 32 años de matricula vigente; 78 años de edad y 31 años de matrícula vigente;  79 años de edad y 30 años de matricula vigente; 80 años de edad en adelante y 30 años de matrícula vigente; y asimismo no cuenten con ingresos mensuales promedio superiores a los fijados por la Mesa Directiva.
    Casos Especiales: Los matriculados beneficiarios del Sistema Nacional de Previsión Social en razón de su discapacidad o invalidez deberán tener matrícula vigente durante 15 años en este Consejo Profesional, sin que se exija edad mínima.El monto del subsidio mensual será igual a la diferencia entre el tope de ingresos establecido y el ingreso mensual promedio que surja de la declaración jurada presentada por el matriculado y su documentación respaldatoria, con un tope máximo de pago de $ 160.000.

    • Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a  subsidios@consejocaba.org.ar

  • Ayuda escolar ayuda escolar para hijos/as menores de Matriculados/as fallecidos o con Discapacidad Mayor

    El subsidio asistirá a la educación preprimaria, primaria y secundaria de los hijos de los matriculados fallecidos o de matriculados que sufren una discapacidad igual o mayor al 70%. El pago se realizará cuando los hijos tengan entre los 4 y los 18 años de edad.
    El subsidio se abonará durante los meses de marzo a diciembre de cada año, a partir del mes siguiente al de la aprobación de la correspondiente solicitud.
    Tendrán derecho al cobro del subsidio el cónyuge supérstite del matriculado o el representante legal que tenga a cargo a los menores.


    • Monto vigente: $17.000.- mensual



    Importante: Podrá presentar la documentación de renovación para este 2024 del 01/03/2024 al 30/04/2024. Pasado este período, no se recibirán solicitudes de renovación.





    Documentación: para recibir asesoramiento y requisitos enviar mail a subsidios@consejocaba.org.ar

Pago de Subsidios únicamente por transferencia bancaria

El matriculado o beneficiario del subsidio deberá completar el formulario (disponible más abajo), acompañando la constancia del CBU y del CUIL (ambas impresas).
La cuenta informada deberá ser personal y no de terceros. 

Proceso certificado

Recepción de solicitud, autorización y pago de subsidios a beneficiarios

Más información:

Viamonte 1461 1° Piso - Contrafrente

De 9:30 a 17:30 hs.

5382-9200

subsidios@consejocaba.org.ar