Actuación Profesional de Licenciados en Administración (APLA)

  • Presidente Dr. L.A. Jorge E. D. Fernandez

  • Vicepresidenta Dra. L.A. Laura Marcela Guimpel

  • Consejero Coordinador Dr. C.P. y L.A. Catalino Nuñez

  • Asesora Técnica Srta. Sofía Andrusyszyn

  • Días y horario de reunión Cuarto miércoles de cada mes,
    a partir de las 18:30 hs.

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Requisito

Poseer matrícula o título en trámite de Licenciado en Administración.

Objetivos

  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que reglamentan la profesión y analizar las incumbencias para mantenerlas permanentemente actualizadas. 
  • Proponer normas de actuación que propendan a jerarquizar y perfeccionar el ejercicio profesional. 
  • Analizar la viabilidad de la matriculación de títulos correspondientes a especialidades determinadas al área de Administración. 
  • Impulsar, a través de los vínculos de comunicación con otras Comisiones, la sanción de normas técnicas que requieran el dictamen y/o informes propios de los/las Licenciados en Administración. 
  • Contribuir a la actualización y desarrollo profesional de los/las Licenciados en Administración mediante la propuesta de organización y realización de actividades destinadas a tal finalidad, como trabajos de investigación, conferencias, paneles, jornadas, congresos, etc. 
  • Realizar en forma conjunta con otras Comisiones, actividades de tipo interdisciplinario tendientes a la mejora continua y perfeccionamiento profesional de los/las Licenciados en Administración. 
  • Con relación al estudio sobre la Gestión de la Calidad: 
  • Estudiar las normas de Calidad y los Modelos de Excelencia vigentes, tanto a nivel nacional como a nivel internacional.
    - Investigar el impacto producido por la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad y/o de herramientas para la mejora continua sobre la competitividad de las Organizaciones.
    - Proponer estrategias de implementación de los principios básicos de la Gestión de la Calidad y de los Modelos de Excelencia en las Organizaciones, promover su sistematización y medición a través de la implementación de indicadores de control del desempeño de los procesos.
    - Establecer relaciones con Organizaciones que hayan implementado la Gestión de la Calidad o que se encuentren interesadas en su implementación, con el fin de compartir mejores prácticas y realizar benchmarking.
    - Promover la difusión de temas de Calidad como incumbencia de los/las profesionales en Ciencias Económicas.

Incumbencias profesionales

Con el dictado de la Ley 20.488 hacia el año 1973 se logra extender a todo el país la vigencia de las normas que regulan el ejercicio profesional. 
En lo que respecta a los Licenciado en Administración, la ley en su Artículo 14 establece lo siguiente: 
Se requerirá título de Licenciado en Administración o equivalente:

a) Para todo dictamen destinado a ser presentado ante autoridades judiciales, administrativas o a hacer fe pública en materia de dirección y administración para el asesoramiento en:
1.- Las funciones directivas de análisis, planeamiento, organización, coordinación y control.
2.- la elaboración e implantación de políticas, sistemas, métodos y procedimientos de administración, finanzas, comercialización, presupuestos, costos y administración de personal.
3.- La definición y descripción de la estructura y funciones de la organización.
4.- La aplicación e implantación de sistemas de procesamiento de datos y otros métodos en el proceso de información gerencial.
5.- Lo referente a relaciones industriales, sistemas de remuneración y demás aspectos vinculados al factor humano en la empresa.
6.-Toda otra cuestión de dirección o administración en material económica y financiera con referencia a las funciones que le son propias de acuerdo con el presente artículo.

b) En materia judicial:
1.- Para las funciones de liquidador de sociedades comerciales o civiles.
2.- Como perito en su materia en todos los fueros.
En las designaciones de oficio para las tareas de administrador a nivel directivo o gerencial en las intervenciones judiciales, se dará preferencia a los licenciados en administración sin perjuicio de que sean tomados en consideración otros antecedentes en relación con tales designaciones.