Tarjetas de Crédito Operaciones con el exterior. Form. 8101

Descripción

La RG 3421/2012, establece un régimen de información a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito -Ley N° 25.065- (1.1.) (1.2.) respecto de: a) Los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al referido sistema, b) las operaciones -ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios- realizadas por los sujetos indicados en el inciso anterior, que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito (1.3.), y c) las tarjetas de crédito y/o de compra utilizadas a los fines del inciso precedente, tanto emitidas en el país como en el exterior. Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados para cumplir con lo establecido en la citada R.G. art 2 inc. e), f) y g).


Novedades: - 19/09/2013: Se remplaza el Actualizador de Tablas para incorporar un nuevo item en la Tabla de Monedas.
- 07/11/2013 - Se remplaza el Actualizador de Tablas para incorporar un nuevo item en la Tabla de Monedas.
Operaciones de extracción o adelanto de dinero: Se incorporó en la Tabla Rubros el código 09- Extracciones o adelantos en efectivo, esta opción se aplica sólo para Registros de tipo 02 “Titulares Consumos en el Exterior” y tipo 03 “Adicionales Consumos en el Exterior”, debiendo informar en los campos:
Fecha de Consumo: la Fecha de la Extracción
Nombre del Comercio: el literal “EXTRACCION / ADELANTO".