El mismo permite, a todas las personas físicas o jurídicas que conforme a las normas específicas que lo disponen, actúen en carácter de Agentes de Retención / Percepción de obligaciones cuyo único destino sea el Sistema Único de la Seguridad Social, informar nominativamente a los sujetos retenidos, las retenciones y percepciones practicadas en el período e ingresar en su caso el saldo resultante de la secuencia de la declaración jurada. A través de esta aplicación se generará la declaración jurada (F.910).
Novedades: - Cambio de la cabecera en la interfaz de HEAD10 a RETE01
IMPORTANTE:
El sistema SIRE resultará de utilización obligatoria respecto de las retenciones o percepciones de los regímenes de la seguridad social y del "Impuesto a las Ganancias - Beneficiarios del Exterior" correspondientes al período marzo 2015 y siguientes.
A partir del periodo mencionado no se podrán utilizar los aplicativos SIJP Retenciones y Percepciones (F.910) y SICORE (F.744) para el "Impuesto a las Ganancias - Beneficiarios del Exterior" , con excepción de las presentaciones originales o rectificativas correspondientes a los períodos anteriores a marzo 2015.
Para la determinación de la obligación tributaria y enviar la declaración jurada F. 996 (Seguridad Social) y F. 997 (Impositiva) deberá ingresar al servicio con Clave Fiscal “Mis Aplicaciones WEB”.
Es necesario presentar la información aun cuando no se hubieran efectuado operaciones de los regímenes detallados. Para ello deberá ingresar al servicio “Mis Aplicaciones WEB” y enviar una declaración jurada “SIN MOVIMIENTO”, sin necesidad de emitir previamente ningún certificado desde el servicio “Sistema Integral de Retenciones Electrónicas - SIRE”.