Fuerte reclamo del Consejo para prorrogar Ganancias, Bienes Personales y otros impuestos

16/07/2020

El Consejo solicitó, a través de una nota con fuertes argumentos, la prórroga de las presentaciones de declaraciones juradas del Impuesto las Ganancias, Bienes Personales y las relacionadas con operaciones internacionales, así como otras medidas para aliviar la tarea de los profesionales en Ciencias Económicas.

En una gestión encabezada por Gabriela Russo y Julio Rotman, presidenta y secretario de nuestra Institución, se explicó al Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción la grave situación por la que atraviesan nuestros profesionales.

En la misiva se manifiesta la brusca caída que se registró en las legalizaciones que se realizan en nuestro Consejo producto del aislamiento social obligatorio y por el hecho de que los profesionales en Ciencias Económicas no sean considerados esenciales, pese al rol clave que cumplen para la obtención de recursos para el Estado. 

Del mismo modo, se hace referencia a que poco más del 30% de nuestros matriculados está dentro del grupo considerado de riesgo y al aumento en la demanda de los subsidios que otorga el Consejo, lo que demuestra la situación de vulnerabilidad por la que pasa nuestra matrícula. 

En este marco, se propuso llevar adelante una serie de medidas impositivas que alivianen la tarea de nuestros profesionales. Ellas son:
- Régimen General:        
     o Prórroga de la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias Personas Jurídicas.
     o Reprogramación de los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias Personas Humanas y Bienes Personales.
     o Reprogramación de los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Operaciones Internacionales.

- Régimen simplificado:
     o Extensión del plazo para practicar la recategorización del Régimen Simplificado y revisión de las exclusiones operadas en diciembre 2019.

- Otras propuestas:
     o Revisión de las exclusiones practicadas desde el mes de diciembre de 2019.
     o Beneficio para los contribuyentes que no registran obligaciones exigibles.
     o Cancelación de obligaciones fiscales con Bonos del Estado Nacional.
     o Suspensión de las sanciones impropias durante el período de aislamiento obligatorio y durante 60 días posteriores al levantamiento de la cuarentena.

Para conocer el texto completo enviado al Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, descargá la nota que está a continuación.