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Enviamos nota a la AFIP sobre la implementación del “Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles” - RG 4933, solicitando que extienda el plazo de registro de los contratos y también elevamos algunas inquietudes con el fin de esclarecer el procedimiento y facilitar el cumplimiento de las tareas de nuestros profesionales matriculados.
En la misiva, firmada por nuestra presidenta Dra. Gabriela Russo; y nuestro secretario, Dr. Julio Rotman, se manifiesta que es muy limitado el plazo para registrar los contratos vigentes al 1/3, siendo la fecha límite el 15/4 y todavía no estando disponible el servicio Web “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - CONTRIBUYENTE”. Por tal motivo, se pide extender el plazo hasta el 30/8.
En cuanto al plazo general de 15 días corridos posteriores a su celebración dispuesto para el registro de los instrumentos formalizados a partir de abril, proponemos que sea de 60 días, dado que esto no perjudica la recaudación.
Otro de los puntos es que este régimen no exime el deber de declarar los contratos mediante el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), lo cual resulta en que contribuyentes deberán suministrar información de similares características en dos oportunidades. Por ello, planteamos la unificación del trámite para evitar duplicación de tareas y así optimizar tiempos de trabajo.
En la nota, también se pide aclarar qué documentación deberá adjuntarse al momento de presentar el régimen en los supuestos casos en que no existe un contrato de locación escrito; donde el único respaldo es la emisión de una factura o recibo.
Finalmente, en cuanto a los supuestos de conclusión de contrato con anterioridad a la fecha suscripta, pedimos que se aclare si debe informarse dicha situación por la modalidad modificación o se implementará un servicio para bajas anticipadas.
A continuación, la nota completa.
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