Con la publicación del IPC del mes de junio suministrados por el INDEC, se actualizan los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y el precio máximo unitario de venta.
Esto se debe a la actualización automática prevista por el artículo 52 de la Ley 24.977.
Quedamos a la espera de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publique las tablas con los nuevos valores. No obstante, en base al coeficiente calculado, que resulta en 1,150969518, los valores proyectados para aplicar a partir de julio son los siguientes:
Recordemos que, como consecuencia de esta actualización de valores, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó a través de su red social Instagram que la recategorización estará disponible a partir del 15 de julio.
IMPORTANTE:
La recategorización semestral se efectuará hasta el día 5 de agosto, respecto del semestre concluido en junio, y la obligación de pago resultante de la misma tendrá efecto a partir del período devengado de agosto.
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