Impuesto sobre los débitos y créditos en cuantas bancarias. Cómputo como pago a cuenta de Ganancias

08/05/2023

4) En el caso de una MIPYME: ¿Qué porcentaje del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios puede tomar como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias? ¿Cómo se computa el pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias?

En el caso de una empresa categorizada como micro y pequeña empresa, el porcentaje a computar del impuesto sobre los débitos y créditos es del 100%. Cuando se trate de una empresa de la industria manufacturera categorizadas como mediana tramo 1, el porcentaje a computar es del 60%. El beneficio comprende el importe del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias efectivamente ingresado, hasta la finalización del ejercicio anual en curso.

Asimismo, el art. 6 de la Ley 27.264 aclara que el cómputo del pago a cuenta podrá efectuarse en la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias o sus anticipos.

El remanente no compensado no podrá ser objeto, de compensación con otros impuestos a cargo del contribuyente o de solicitudes de reintegro o transferencia a favor de terceros.

Asimismo, tampoco podrá trasladarse a ejercicios futuros el remanente no computado, excepto en los importes que autoriza el Art. 13 del Anexo del Dto. 380/01 (el cual, en la actualidad, es el 33% de los débitos y créditos).